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Coordinación de Pasantías

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES APLICABLES A LOS ASPIRANTES A PASANTES PARA EL SEMESTRE A-2016.

 

 

Reunión General con los aspirantes a pasantes Semestre A-2016.

Día: 22 de enero de 2016.       Hora: 9:00 a.m.  Auditorio  “B”   

 

Preinscripción Vía Internet: Del 01 al 04 de febrero  de 2016

Entrega de Requisitos en la Coordinación de Pasantías para la

 

Preinscripción por parte de los aspirantes a Pasantes:

Del 15 al 19 de febrero de 2016 “Todas las Escuelas”

Hora: 8:30am. a 11:30am. y 2:30pm. a 5:30pm.

 

1.- Primer Taller Obligatorio de Pasantías

“Motivación Laboral  y Formación de Equipos de Trabajo de alto Rendimiento”

 

“El candidato a pasante selecciona una fecha específica”

26 de abril de 2016  Y/O 03 de mayo de 2016

Horario: 8-12pm.  2-6pm. Auditorio “A” Facilitadores: Prof. José tinto, Profa. Rosanna López

 

2.- Segundo Taller Obligatorio: “Elaboración de Informes de Pasantías”

Día: 29 de abril de 2016.  

 

Facilitadores:

Prof. Luis E. Quintero Carrero Coordinador General de Pasantías

Lugar: E-II- 4

Hora: 9:00 am. a 11:00am.

 

Profa. Luisa Maribel Rivero de Elcure: Sub- Coordinadora Escuela de Economía

Lugar: H- Pb-05

Hora: 9:00 am. a 11:00 am.

 

Prof. Car- Emyr Suescum : Sub- Coordinador Carrera de Administración

Lugar: E-II-5

Hora: 9:00 am. a 11:00am.

 

Período de Pasantías Semestre A-2016.

Fecha tentativa Pasantías Largas: Inicio: 30/05/2016 hasta el 30/09/2016.

Fecha tentativa Pasantías Cortas: Inicio: 30/05/2016 hasta el 29/07/2016.

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LAS PASANTÍAS SON EL INICIO DE TU EXPERIENCIA LABORAL

 

El Programa de Pasantías de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad de los Andes, se propone contribuir con la formación de recursos humanos de un alto nivel competitivo, con herramientas que favorezcan su pre inserción laboral y les permita contribuir a la optimización de procesos y al logro de objetivos de las organizaciones que los empleen. El programa aspira así mismo, desarrollar capacidades para el auto empleo y para la generación de empleo, a fin de que nuestros egresados hagan aportes importantes a la solución de problemas sociales y al desarrollo de actividad económica local, regional y nacional.

REGLAMENTO DE PASANTÍAS

 

SECCIÓN 1: DE LAS PASANTIAS Y LA COMISIÓN DE PASANTIAS

 

ARTÍCULO 1.- Se entiende por pasantía aquella actividad de aprendizaje práctica que realiza el alumno de la Facultad en una empresa o institución con el objeto de complementar su formación profesional.

 

ARTÍCULO 2.- Se entiende por pasante al estudiante que se encuentra realizando una labor de entrena­miento y capacitación en una empresa o insti­tución, debidamente autorizado por la Facul­tad.

 

ARTÍCULO 3.- Las pasantías de la Facultad de Economía estarán coordinadas por una Comisión de Pasantías constituida por el Decano de la Facultad, quien la presidirá, un Secretario Ejecutivo y un Subcoordinador por cada una de las carreras y/o programas existentes en la Facultad.

 

ARTÍCULO 4.- El Secretario Ejecutivo será nombrado por el Consejo de Facultad, a proposición del Decano, quien, si lo creyere procedente, podrá selec­cionar a uno de entre los Subcoordinadores.

 

ARTÍCULO 5.- Los Subcoordinadores serán designados por el Consejo de Facultad, a proposición del Director de la Escuela respectiva.

 

ARTICULO 6.- La Comisión de Pasantías se reunirá mediante convocatoria hecha por el Decano-Presidente o el Secretario Ejecutivo, tantas veces cuantas fueren necesarias para la buena marcha del Programa de Pasantías.

 

SECCIÓN II: DE LOS OBJETIVOS DE LAS PASANTIAS

 

ARTÍCULO 7.- El objetivo general del Programa de Pasantías es crear vínculos permanentes entre las empresas e instituciones públicas y privadas, y la Universidad, a fin de aunar esfuerzos que contribuyan al mejoramiento del proceso enseñanza-aprendizaje del recurso humano que a nivel superior requiere el país.

 

ARTÍCULO 8.- Los objetivos específicos del Programa de Pasantías son los siguientes:

  1. Complementar el aprendizaje adquirido por el estudiante en la Facultad, con el trabajo directo de la empresa o institución.

  2. Familiarizar al estudiante con el ejercicio de la profesión.

  3. Contribuir a que el estudiante         esté adquiera la disciplina y responsabilidad necesaria e indispensable en el ejercicio de su profesión.

  4. Contribuir a que el estudiante esté informado de las innovaciones que se suceden en el mercado ocupacional.

  5. Servir como medio de promoción para la incorporación de egresados a la actividad laboral.

  6. Facilitar a los empleadores la selección de profesionales idóneos para los pues­tos de trabajo que ofrecen sus empresas.

  7. Dar a conocer la calidad y el perfil de los profesionales formados en la Facultad de Economía de la Universidad de Los Andes.

 

SECCIÓN III: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS  PASANTES Y DE LA FACULTAD

 

ARTÍCULO 9.- El pasante debe cumplir con todos los requisitos establecidos en el Artículo 25 del presente Reglamento y además se compromete a:

  1. Cumplir con todos los requisitos estable­cidos en el programa de pasantías acorda­dos entre la Universidad y la empresa o institución.

  2. Acatar y cumplir, en todas sus partes, con el plan de trabajo convenido entre la Facultad y la empresa o institución para optar al valor de las unidades créditos que en cada caso se establece para la pasan­tía.

  3. Presentar ante el Subcoordinador de Pasantías de le carrera correspondiente, el informe final sobre la labor realizada en la pasantía una vez concluida la misma. Dicho informe será acompañado de la evalua­ción del supervisor inmediato en la empresa o institución y deberá ser presentado dentro de los quince días hábiles siguien­tes a lo finalización de la pasantía, salvo causa plenamente justificada.

  4. Acatar, en todas sus partes, las normas que rigen en la empresa o institución en donde efectúa la pasantía.

 

ARTÍCULO 10. -

La Facultad de Economía a través de la Comisión de Pasantías, realizará ante diferentes instituciones y empresas, tanto públicas co­mo privadas, las gestiones que considere procedentes con el objetivo de lograr cupos pa­ra las pasantías.

 

ARTÍCULO 11.-

Las obligaciones de la Facultad, son las siguientes:

  1. Seleccionar y/o aprobar las empresas o instituciones donde se va e realizar las pasantías, asignando las mismas de forma tal que los estudiantes obtengan el mejor rendimiento.

  2. Convenir con la empresa o institución el plan de trabajo que debe realizar cada pasante.

  3. Acordar con la empresa o institución las normas y requisitos que regirán para el otorgamiento y desarrollo de la pasantía.

  4. Reconocer las unidades-créditos estable­cidas para la pasantía cuando el estu­diante haya aprobado la misma.

  5. Colaborar en todo lo que está a su alcan­ce para garantizar el buen funcionamiento del programa de pasantías.

  6. Reconocer lo colaboración prestada por la empresa o institución, utilizando para e­llo los medios que considere conveniente.

 

ARTÍCULO 12.- En ningún caso constituirá una obligación pa­ra la Facultad la realización y/o la obten­ción de pasantías para todos los candidatos a pasantes.

 

SECCIÓN IV: DEL SECRETARIO EJECUTIVO Y DE LOS SURCOORDINADORES

 

ARTÍCULO 13.- El Secretario Ejecutivo será removido del cargo por el Consejo de Facultad, a proposición del Decano, por incumplimiento de sus atribu­ciones o por falta grave en el ejercicio de las mismas.

 

ARTÍCULO 14.- Son atribuciones del Secretario Ejecutivo, las siguientes:

 

  1. Representar a la Facultad de Economía en todo lo relacionado con 1as pasantías.

  2. Representar ante las instancias superio­res a la Comisión de Pasantías.

  3. Realizar las gestiones necesarias ante empresas e instituciones públicas y/o pri­vadas, tendientes a la consecución, realización y programación de las pasantías.

  4. Convocar a las reuniones de la Comisión de Pasantías.

  5. Presidir las reuniones ce la Comisión de Pasantías en ausencia del Decano.

  6. Informar al Consejo de la Facultad sobre el desarrollo de las pasantías realizadas.

 

ARTÍCULO 15.- Los subcoordinadores de pasantías serán removidos por el Consejo de Facultad, a proposición del Director de la Escuela respectiva, por in­cumplimiento de sus atribuciones o por falta grave en el ejercicio de las mismas.

 

ARTÍCULO 16.- Son atribuciones del Subcoordinador de Pasan­tías:

  1. Representar a la Facultad de Economía en todo lo relacionado con las pasantías de  su respectiva Escuela o Programa.

  2. Distribuir o asignar las pasantías entre los estudiantes aspirantes que cumplan con los requisitos establecidos. En la selección de pasantes se tonará en cuenta el promedio ponderado de las notas de la carrera y/o cualquier otro criterio que se juzgue conveniente.

  3. Enviar el plan de trabajo de cada pasante al Consejo de Facultad para su información, una vez que el mismo haya sido estudiado y recomendado por el Consejo de Escuela respectivo, órgano que establecerá los proce­dimientos pertinentes a cada tipo de pasantía. 

  4. Establecer las condiciones de presentación y contenido del informe final que debe presentar cada pesante.

  5. Recibir el informe final sobre la pasantía elaborada por cada pasante, y las evaluaciones realizadas por los respectivos su­pervisores.

  6. Evaluar las pasantías de acuerdo a lo establecido en la Sección IV.

  7. Reunirse periódicamente para evaluar el desarrol1o de las pasantías y preparar el informe sobre las actividades cumplidas, que será presentado ante las instancias pertinentes.

  8. Informar a la instancia que lo designó so­bre el desarrollo de las pasantías realizadas en cada período.

  9. Orientar y servir de guía al estudiante en lo relacionado al trabajo de pasantía.

 

PARÁGRAFO ÚNICO: Las atribuciones señaladas en este artículo, serán ejercidas por los subcoordinadores solamente en sus respectivas Escuelas.

 

SECCIÓN V: DE LAS DIFERENTES PASANTIAS

 

ARTÍCULO 17.- Los estudiantes de la Facultad de Economía interesados. en realizar pasantías, podrán optar a una pasantía corta, a una pasantía larga, a una pasantía académica, o a una combinación de éstas de acuerdo a lo establecido en el nume­ral 4 del artículo 21.

 

ARTICULO 18.- La pasantía corta tendrá una duración mínima de cinco semanas continuas y se realizará. Preferentemente, en el periodo de vacaciones conocido como Receso Docente en el calendario de actividades de la Universidad de Los Andes. En esta pasantía. La empresa o institución que ofrece la misma deberá, con anticipación. Suministrar por escrito información sobre la labor a realizar por el pasante, a­sí como el nombre del profesional que actua­rá como supervisor inmediato de aquel.

 

ARTÍCULO 19.- La pasantía larga tendrá una duración mínima de cuatro meses continuos, en la cual el pasante deberá cumplir con el plan de trabajo previamente aprobado por la Facultad.

 

PARÁGRAFO ÚNICO: En el caso especial de Licenciatura de Estadística, la pasantía larga deberá utilizarse para la elaboración del trabajo de grado.

 

ARTÍCULO 20.- La pasantía académica tiene una duración mínima de un semestre académico de  acuerdo a dos alternativas:

  1. Pasantía en docencia: Consiste en reali­zar una labor relacionada con la docen­cia en una o varias asignaturas de acuerdo con el plan general elaborado por el profesor o profesores responsables de la misma y aprobado por el Consejo de Facultad, previo estudio y recomendación del Consejo de Escuela respectivo.

  2. Pasantía en Investigación: Consiste          en realizar un trabajo de investigación sobre un tema de interés de acuerdo con un plan general elaborado por el profesor tu­tor de la investigación y aprobado por      el Consejo de Facultad, previo estudio y recomendación del Consejo de Escuela respecti­vo.

 

SECCIÓN VI: DE LOS CRÉDITOS Y EVALUACIÓN DE LA PASANTIA

 

ARTÍCULO 21.- La pasantía corta, la pasantía larga y la pa­santía académica, se incluyen en los planes de estudios de la Facultad con el nombre de “Pasantías” y figura como materia electiva.

 

La valoración de las pasantías será como si­gue: 

  1. Pasantía corta: Cuatro créditos correspon­diente a créditos en materia electiva.

  2. Pasantía larga: Hasta veintidós créditos correspondiente a crédito en materias electivas.

  3. Pasantía académica: Hasta veintidós crédi­tos correspondientes a créditos en materias electivas.

  4. Combinación de una pasantía corta con cualquiera de las tres alternativas anteriores: hasta un máximo de veintidós créditos co­rrespondiente a créditos en materias electivas.

 

PARÁGRAFO ÚNICO: Será atribución del Consejo de Escuela respectivo la determinación del número de créditos correspondientes a la pasantía. Hasta el límite máximo previsto en el presente ar­tículo y en un todo de acuerdo con los planes de estudios aprobados y “someterla a la aproba­ción del Consejo de Facultad”.

 

ARTÍCULO 22.- La evaluación de la pasantía será responsabili­dad del Subcoordinador respectivo, quien podrá requerir la colaboración de profesores especia­listas cuando el caso así lo amerite.

 

ARTÍCULO 23 - Para la evaluación de la pasantía, el Subcoordinador considerará el plan de trabajo aprobado, el informe final elaborado por el pasante y la evaluación realizada por el supervisor inmedia­to o el tutor del pasante, según sea el caso.

 

ARTÍCULO 24.- Todas las pasantías serán evaluadas de acuerdo con la escala de calificaciones que al efecto se aplica en la Universidad de los Andes.

 

SECCIÓN VII: DE LA TRAMITACIÓN,  REQUISITOS, NÚMERO DE PASANTIAS Y SANCIONES

 

ARTÍCULO 25.- Corresponde a la Facultad de Economía la realización de gestiones encaminadas a obtener pasantías. No obstante, los alumnos interesados en realizar pasantías podrán gestionar por su cuenta la consecución de las mismas, requiriéndose en este caso la autorización del Subcoordinador respectivo.

 

ARTÍCULO 26.- Los estudiantes Interesados en realizar pasan­tías, deberán cumplir con los requisitos si­guientes:

  1. Haberse inscrito ante la subcoordinación de pasantías que le corresponda, de acuerdo a la carrera que cursa, en el plazo señalado al efecto.

  2. Haber aprobado el número de créditos que al efecto determine cada carrera.

  3. Cualquier otro que el Consejo de Escuela considere necesario según el tipo de pasantía y haya sido aprobado por el Consejo de Facultad.

 

ARTÍCULO 27.- El aspirante a cursar pasantías sólo podrá rea­lizar una de ellas en un semestre académico y en ningún caso podrá iniciar una segunda pasan­tía sin que previamente haya analizado y aprobado la primera.

 

ARTÍCULO 28.- Si el pasante resultare aplazado, en su pasan­tía, no podrá optar a una segunda pasantía sin excepción.

 

ARTÍCULO 29.- Si en el caso de le pasantía se evidenciare ma­la conducta o abandono de la pasantía por parte del estudiante, éste será sancionado por el De­cano, de acuerdo a las normas disciplinarias vigentes en la Universidad, previa solicitud del subcoordinador respectivo.

 

ARTÍCULO 30.- Si el desarrollo de la pasantía no fuese satisfactorio por razones ajenas al pasante, el Subcoordinador responsable podrá decidir le reubicación del pasante o proceder a anular la pasantía, pudiendo el estudiante optar a una nueva oportunidad.

 

ARTÍCULO 31.- El aspirante a la pasantía dispondrá de hasta 15 días antes del Inicio de pasantías para re­tirar la misma. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicará lo dispuesto en el artículo 28.

 

ARTÍCULO 32.- Lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Consejo de la Facultad de Economía.

 

 

 

 

ANEXOS AL REGLAMENTO DE PASANTIAS, APROBADO POR CONSEJO DE FACULTAD EN LA SECCIÓN DEL DÍA: MARTES 17/06/03.

 

ARTÍCULO 26. Ordinal 4. Haber asistido a las actividades enmarcadas en los Talleres de formación Integral, que con carácter de obligatoriedad, hayan sido convocados por lo Coordinación de Pasantías.

 

PARÁGRAFO  ÚNICO:

Artículo 17: La pasantía se ofrece, en las escuelas de Economía, Administración y Contaduría Pública, sólo para estudiantes que a lo sumo, les falte para terminar su carrera dos asignaturas. Si el aspirante es asignado en la ciudad de Mérida podrá cursar las asignaturas pendientes para graduarse. Una (1) a lo sumo, simultáneamente con la pasantía, previa autorización de los Consejos de Escuela respectivo.

 

PARÁGRAFO ÚNICO

Artículo 24: El Sub-Coordinador asentará como calificación definitiva de la pasantía, el valor numérico que resulte del promedio aritmético simple entre la nota otorgada por el Tutor Organizacional y la que él  mismo o un profesor tutor haya asignado como resultado de la evaluación  del Informe de Pasantías, siempre que ambas notas sean mayores o iguales a Díez (10) puntos. Si el pasante es reprobado  en al menos una de las dos evaluaciones, se considerará reprobada la  pasantía y se le asentará en la planilla la menor de las calificaciones

 

  1. En caso de que algún miembro del jurado considere necesario realizar alguna modificación a la monografía, el estudiante deberá incorporarla en una nueva versión de la misma y devolverla a la Coordinación de Pasantía dentro de un  máximo de 10 días hábiles.

 

Parágrafo único: Sin prejuicio de lo dispuesto en los literales anteriores, la Coordinación de Pasantías podrá organizar actividades adicionales para la presentación y difusión pública de estas monografías, con el fin  de difundir los resultados y alcances de las actividades cumplidas por los participantes del programa.

 

NOTA: Por decisión  previa del Consejo de Escuela se aprobó considerar, además del  promedio aritmético de nota(s) de la carrera, el promedio aritmético de la(s) nota(s) de la(s) asignatura(s) del área en la que realizará la plantía académica. El promedio aritmético simple resultante entre ambas será el que se considere como base para  aceptar la propuesta, siempre y cuando éste sea mayor o igual a quince (15) puntos. Cualquier aspecto no previsto en las presentes normas será resuelto por el Consejo de la Escuela de Economía.

 

Además de verificar todo lo estipulado en el Reglamento de Pasantías Vigente, deben cumplirse los siguientes requisitos:

constancia de aprobación del plan de trabajo y el formato de evaluación correspondiente que, en sus aspectos formales estará en línea con las normas de presentación.

 

4) DEL JURADO Y LA EVALUACIÓN:

 

  a) La monografía final de la pasantía será evaluada por un jurado conformado de la siguiente manera:

            1. El tutor;

            2. El Sub-coordinador de Pasantías; y

            3. Un profesor del área nombrado por el consejo de escuela.

 

  b) El jurado tendrá un lapso de dos (2) semanas para evaluar y entregar la calificación definitiva.

  c)  La nota definitiva estará compuesta de la siguiente manera:

  1. 50% corresponde al desempeño del pasante durante el proceso de la investigación;

  2. 30% corresponde al producto : la Monografía; y

  3. 20% corresponde a la Exposición y defensa del Producto.

 

La asignación de esta calificación en la Oficina de Registros Estudiantiles, deberá hacerse  en los 30 días siguientes a la finalización del período de pasantías.

 

Disposiciones Fundamentales del Reglamento de Pasantías de Conformidad con los artículos 9, 12,16 y 31.

 

  1. Cumplir con todos los requisitos establecidos en el Programa de Pasantías.

  2. Aceptar y cumplir con el plan de trabajo convenido entre la Facultad y la empresa o institución para  optar al valor de las unidades créditos que en cada caso se establece para la pasantía.

  3. Una vez asignada la pasantía, el estudiante tendrá  quince (15) días antes del inicio para retirar la misma. En caso de incumplimiento de esta disposición el pasante será aplazado y no podrá optar a una segunda pasantía, sin excepción.

  4. Si en el caso de la pasantía se evidenciará mala conducta o  ABANDONO de la pasantía por parte del estudiante, este será aplazado y no podrá optar a una segunda pasantía.

  5. Presentar ante el Coordinador de Pasantías, el informe final sobre la labor realizada en la pasantía una vez concluida la misma. Dicho informe irá acompañado de la evaluación del supervisor  inmediato de la empresa o instituciones y deberá ser presentado dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la finalización de la pasantía.

  6. La Coordinación de Pasantía tendrá un mínimo de ocho (08) días hábiles para entregar las notas correspondientes.

 

En ningún caso constituirá una obligación para la Facultad de realización y/o la obtención de pasantías para todos los candidatos a pasantes.

Dirección:

Av. Las Américas, nucleo la Liria, Edificio "F".

Teléfono:

0424-7379819

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Car-Emyr S Coelho

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